sábado, 11 de abril de 2009

Condenado por dejar desnudo el novio de su hermana en Mollet

El Tribunal Supremo ha condenado a dos años y medio de prisión a Manuel Vázquez, un jovén gitano que, después de amenazar y retener en su coche al novio de su hermana, le dejó desnudo en un descampado próximo a Barcelona. Los magistrados de la Sala de lo Penal del Alto Tribunal, en una sentencia hecha pública hoy en la que ha sido ponente el juez Luis Román Puerta, han estimado el recurso interpuesto por la Fiscalía y han encontrado a Vázquez culpable de un delito contra la integridad moral y otro de detención ilegal.

Los hechos se remontan al 28 de junio de 2005, cuando Vázquez, acompañado por una menor, fue a buscar al novio de su hermana, Alexander Javier Rodríguez, a la tienda del barrio de Poblenou de Barcelona en la que trabajaba. La relación sentimental no agradaba a la familia del acusado porque Rodríguez era payo. Al llegar a la zona de la tienda, Vázquez telefoneó al móvil del novio de su hermana y le dijo "sal a la calle, si no te mato". Rodríguez, acompañado por un amigo, salió al encuentro del acusado, quien comenzó a gritarle y a decirle que no podía estar con su hermana porque ella era gitana "y tenían sus normas".

Finalmente, Vázquez agarró del cuello a Rodríguez y le obligó a subir a su coche, que conducía la menor de edad. Una vez dentro del vehículo, el acusado continúo presionando a Rodríguez para que rompiera con su hermana, e incluso llegó a arrebatarle el móvil y a tirarlo por la ventanilla.

Después de circular durante 20 minutos reteniendo a Rodríguez contra su voluntad, el vehículo llegó a un descampado del término municipal de Mollet del Vallés, en las proximidades de Montmeló. Una vez fuera del coche, Vázquez obligó a Rodríguez a quitarse toda la ropa, quedando totalmente desnudo. El acusado cogió las prendas, las metió dentro del vehículo y se marchó, dejando a Rodríguez desnudo y solo en el descampado.

La víctima pudo obtener un patalón de una fábrica cercana al descampado y emprendió el regreso a Barcelona caminando por la autopista C-33, donde fue localizado por la Policía. La Audiencia Provincial de Barcelona, en una sentencia dictada en abril de 2008, condenó a Vázquez a dos años de prisión por un delito de detención ilegal y a una multa de 240 euros por una falta de vejación injusta, pero le absolvió del delito contra la integridad moral por el que estaba acusado. La Fiscalía recurrió la sentencia al entender que Vázquez tendría que haber sido condenado también por este último delito.

En la sentencia hecha pública hoy, los magistrados de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo destacan que el hecho de obligar a despojarse de su ropa "constituye una conducta especialmente vejatoria para la víctima, al quedar completamente desnuda ante el acusado y la menor que le acompañaba".

"La conducta del acusado constituye una vejación grave de la dignidad personal de la víctima, encaminada a doblegar su voluntad", señala la resolución, y añade que el comportamiento de Vázquez "supone un trato degradante, que hubo de humillar a la víctima y causarle un indudable sufrimiento psíquico, con entidad suficiente para ser calificada como constitutiva de un delito contra la integridad moral".

A tenor de estos argumentos, los magistrados del Alto Tribunal han decidido elevar de dos años a dos años y medio la pena de cárcel impuesta a Vázquez, así como imponerle la prohibición de aproximarse a la víctima en un radio de un kilómetro o comunicarse con él por un periodo de cinco años.

No hay comentarios:

Publicar un comentario